Nueva ayuda para hostelería, comercio, y agencias de viajes
La Junta de Andalucía vuelve a poner a disposición de las empresas afectadas por la crisis del COVID una ayuda, esta vez se ha centrado en sectores que se han visto gravemente afectados, como son la Hostelería, el Comercio Minorista, y las Agencias de Viajes.
A continuación desarrollamos de manera sencilla los detalles para poder solicitarla.
Comenzamos por un punto que nos parece clave, y es la INCOMPATIBILIDAD para poder solicitarla, puesto que muchos empresarios se verán fuera de esta convocatoria por este punto.
Y es que si has sido beneficiario de algún cobro del CESE de actividad que se han puesto a tu disposición, ya sea el inicial su prórroga que se desarrollaron en el RDL 24/200 o bien posteriormente en el RDL 30/2020, NO podrás optar a esta subvención.
Si no es tu caso, te animo seguir leyendo los requisitos para solicitarla, porque estos son soncillos de cumplir.
REQUISITOS
- Tener domicilio fiscal en Andalucía.
- Haber iniciado la actividad con anterioridad al de 14 de marzo.
- Demostrar una caída de ventas o ingresos motivada por el COVID-19 de al menos un 20% en el ejercicio 2020 respecto al ejercicio 2019.
- Acreditar que no eran una empresa en crisis a 31 de diciembre de 2019.
- Tener tu actividad encuadrada en uno o varios de los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas relacionados en del anexo al presente decreto-ley.
- En el caso de las pymes artesanas, estar inscrito en el Registro de Artesanos de Andalucía
- En el caso de los establecimientos de alojamiento turístico y agencias de viajes que estén inscritos en el Registro de Turismo de Andalucía
- Las personas físicas habrán de acreditar el alta como Autónomos desde el 14 de marzo, y mantenerlo hasta el día de presentación de la solicitud.
- Acreditar su condición de pyme (empresas con menos de 250 trabajadores y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros).
Una vez cumplidos los requisitos, únicamente deberás tener en cuenta, que sólo se podrá solicitar una única ayuda y que deberás de mantenerte de alta en la actividad durante, al menos 4 meses desde la solicitud.
El plazo máximo para solicitarla será de un mes desde la publicación del BOJA.
Esperamos que te haya resultado interesante, y en caso de necesitar ayuda para solicitar esta ayuda contactanos.