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El Real Decreto 902/2020 entró en vigor este 13 de abril 2021, obligando a las empresas a cumplir con nuevas las obligaciones en materia retributiva.

El gobierno publicó el pasado 13 de octubre el Real Decreto 902/2020, para establecer medidas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva.

Los principios sobre los que se basa esta norma son dos:

  • Principio de transparencia retributiva.
  • La obligación de igual retribución por trabajo de igual valor.

Los instrumentos para conseguirlo son dos también:

  • El registro retributivo
  • La auditoría retributiva.

Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.

El registro retributivo

Todas las empresas deben tener un registro retributivo de todo su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargo.

Debe indicar de forma desglosada por sexo, la media aritmética (suma de todos los datos  dividido por el número de datos) y la mediana (posición central de los datos) de lo por cada uno de los conceptos en cada grupo profesional, categoría profesional, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable.

Este informe también estará desglosado en función de la naturaleza de la retribución, es decir salario en especie o retribución económica.

Tendrá carácter anual, salvo que existan modificaciones sustanciales a lo largo del ejercicio.

En el caso de que exista una diferencia porcentual en las retribuciones de diferente sexo superior al 25%, deberá justificarse debidamente.

Este informe podrá ser solicitado por el representante sindical, o por cualquier trabajador si no existe esta figura en tu empresa.

Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.

La auditoría retributiva

Sirve para comprobar si el sistema retributivo de la empresa cumple de forma igual entre hombres y mujeres.

Para ello debe:

  • Definir previamente las necesidades  empresariales.
  • Hacer una evaluación de los puestos de trabajo
  • Realización del diagnóstico de la situación retributiva en la empresa
  • Evaluar las posibles deficiencias o desigualdades
  • Establecer de un plan de actuación para la corrección de las desigualdades retributiva:
    • Que contenga  un sistema de seguimiento
    • Implemente mejoras

Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.

Aunque todo esto nos parezca novedoso, la verdad es que esta normativa lo único que aporta es una serie de obligaciones documentales para la empresa, sobre cuestiones que ya estaban implantadas desde hace mucho tiempo,  ya que está igualdad retributiva ya aparece reflejada en el artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores. Igualdad de remuneración por razón de sexo.

Así como en  la normativa sobre igualdad de género que se detalla en la Ley 3/2007.

Para cumplir con estas nuevas obligaciones podéis consultar la página que ha puesto a disposición la Secretaría de Estado de Igualdad contra la Violencia de Genero, en la siguiente dirección, que os facilitará herramientas para la implantación de la igualdad retributiva en vuestras empresas.

https://www.igualdadenlaempresa.es/

Para ampliar información o resolver dudas que os puedan surgir podéis contactarnos.