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¿cómpras en Amazón?

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Cómo actuar con tus facturas si compras bienes para tu actividad a proveedores extranjeros.

Si eres autónomo sabes que los bienes o servicios destinado al desarrollo de tu actividad empresarial o profesional están sujetas a IVA.

Pero qué ocurre cuando esas compras las realizo a un proveedor que me ofrece el producto o servicio desde un país comunitario.

¿Qué debo hacer?

En ese caso deberás de informar previamente a la Agencia Tributaria que te das de alta en el ROI Registro de Operadores Intracomunitarios.

Una vez estés dado de alta, y antes de iniciar la compra a tu proveedor deberás comprobar que éste también está dado de alta también en el ROI.

Después de esta confirmación podrás hacer tu compra, en la que el producto comprado aparezca en tu factura sin ningún tipo de IVA aplicado, puesto que el producto va a ser utilizado en territorio español y por tanto deberá ser grabado aquí.

¿Cómo lo pago este IVA?

Debes de hacer la presentación de un modelo adicional que será para pagar el IVA de estos productos o servicios.

El pago se realiza a través del modelo 309 para declaraciones no periódicas.

En este modelo se indicará el tipo de gravamen en función del tipo de producto o servicio adquirido, conforme a la legislación española.

Incluidos los porcentajes correspondientes en caso de comercio menor de Recargo de Equivalencia.

También habrá que presentar el modelo informativo 349 que se presentará de forma mensual o trimestral.

¿Me puedo deducir este IVA?

Este es el punto más interesante para ti como autónomo, puesto que únicamente podrás deducirte el IVA en caso de haber sido correctamente abonado.

En caso contrario habrás abonado un impuesto de similares características a otro estado, y por tanto no cabría la deducibilidad del mismo.

Deducción por maternidad

Deducción por maternidad

La ley del IRPF regula la deducción por maternidad por hijos menores de 3 años de hasta 1.200 millones de euros para todos aquellos padres y madres que hayan sufrido una retención en 2016 y 2017, por lo que ya se ha abierto la segunda fase para reclamar el IRPF de maternidad desde 2014.
Aquellos que fueron madres o padres en 2014 y 2015 ya tenían opción de pedir la devolución desde diciembre pero ahora se extiende a aquellos que tuvieron hijos o hijas en 2016 y 2017.
En hacienda calculan en 1.714.000 el total de padres y madres que podrán solicitar la rectificación del impuesto de la renta para que se les devuelvan las cantidades retenidas de forma indebida. Así el pasado 3 de octubre se fijó una nueva jurisprudencia acordada por el Tribunal Supremo. Esta sentencia solo afectaba a las madres, pero más tarde se dieron cuenta de que esta podría haberse hecho extensiva a los hombre también por lo que el Gobierno decidió actualizarla. Además se añadieron a la lista de beneficiarios:
– Funcionarios que cotizan por mutuas.
– Empleados públicos no integrados en la Seguridad Social.

 

¿Quién es el beneficiario de la deducción por maternidad?

  • El abono anticipado de la deducción por maternidad se podrá solicitar por aquellos padres y madres con hijos menores de 3 años que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad, pudiendo reducir la cuota diferencial del IRPF hasta en 1.200€ anuales por cada hijo menor de 3 años.
  • En el caso de la adopción o acogimiento la deducción por maternidad se podrá llevar a cabo independientemente de la edad del menor, durante los años siguientes a la fecha de inscripción en el Registro Civil o durante los  años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.
  • En caso de que la madre fallezca o la custodia se atribuya de forma exclusiva al padre o tutor, éste tendrá derecho a la práctica de la deducción por maternidad pendiente, siempre que cumpla con los requisitos previstos para tener derecho a su aplicación.

Formas para hacer efectiva la deducción por maternidad

  1. De manera anticipada, por cada uno de los meses en que estén dados de alta y cotizando en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad, con carácter general durante días mínimo, mediante transferencia bancaria, la cantidad mensual será de 100€ por cada hijo.
  2. Aplicando la deducción en la declaración anual del IRPF. Al percibir la deducción de forma anticipada no se minorará la cuota diferencial del impuesto.

Formas de solicitud

Cuando se haya presentado la solicitud de abono anticipado de la deducción por maternidad, no será necesario reiterar la misma durante todo el tiempo a que se tenga derecho, a excepción de las variaciones sobre venidas posteriormente.

  • Fallecimiento del beneficiario.
  • Baja del beneficiario.
  • Cambio de residencia del beneficiario.
  • Renuncia al cobro anticipado de la deducción.
  • Cambio de régimen de la Seguridad Social o Mutualidad del beneficiario.
  • Baja de alguno de los hijos.

En el caso de que tuviera que comunicar al mismo tiempo el alta de nuevos hijos y la baja de los que dejen de dar derecho a la misma, será necesaria la presentación de dos modelos, uno para comunicar las altas y otro para comunicar las bajas.

 

Los pronósticos desde el sindicato de hacienda son los siguientes, las personas que podían reclamar IRPF de Maternidad desde 2014 eran 1.016.371 en la primera fase, cuyos hijos habían nacido en 2014 y 2015, y en 1.022.163 se encuentran los que lo hicieron en 2016 y 2017, en total podríamos decir que más de dos millones de personas. La cifra media por baja de maternidad será de 1.600 € mientras que la de paternidad será de 383€, esto se debe a la diferencia en el tiempo que los progenitores percibieron la prestación.

¿Y aquellos contribuyentes que hubieran sufrido retenciones por el IRPF tras ser padres o madres el año pasado?

Desde la agencia tributaria nos hacen llegar que no deberán realizar trámite particular alguno, ya que su declaración de la renta de 2018 ya tendrá esas prestaciones como rentas exentas y las retenciones soportadas serán deducibles.

¿Qué facturas preparo para el trimestre?

¿Qué facturas preparo para el trimestre?

Es importante poner a disposición de tu asesor las facturas para la correcta preparación de los impuestos del trimestre, éstos se corresponden con el año natural:

  • 1 Trimestre desde el 1/01/ hasta el 31/03
  • 2 Trimestres desde el 01/04 hasta el 30/06
  • 3 Trimestre desde el 01/07 hasta el 30/09
  • 4 Trimestre desde el 01/10 hasta el 31/12

Las fechas de presentación de los impuestos son las siguientes:

  • 1 Trimestre 15 Abril
  • 2 Trimestre 15 Julio
  • 3 Trimestre 15 Octubre
  • 4 Trimestre 15 Enero

En muchos casos surgen dudas para distinguir una factura de un ticket, las características  que deben tener las facturas son las siguientes:

  • Número de identificación fiscal (CIF o NIF),de ambas partes, proveedor y cliente.
  • Numeración correlativa de las facturas.
  • Fecha de emisión.
  • Desglose del IVA.

En cambio los tickets no se rigen por ninguna regulación por tanto indican la información que el proveedor considera necesaria.

También es muy importante tener en cuenta que las facturas se deben de corresponder con los gastos de la actividad que se desarrolla.

¿Se puede considerar como un gasto de la actividad una comida?

Pues, es relativo, dependerá de la actividad empresarial, será justificable en el caso de un asesor comercial que puede tener una comida con un cliente, y será mucho más difícil de justificar en el caso del dueño de una cafetería.