Nuevas medidas publicadas en el RDL 11/2020
En este nuevo Real Decreto Ley publicado el pasado 31 de marzo, se enumeran una serie de medidas para complementar las ya publicadas en anteriores normas, ahora más enfocadas al ámbito social y económico para hacer frente a la crisis del COVID 19.
Vamos a desarrollar cuatro a las que autónomos y empresas se podrán acoger para minimizar los costes que esta situación está causando a todo el tejido empresarial.
- Aplazamiento cuotas de seguridad social
- Aplazamiento pago de deudas
- Flexibilizar contratos de suministro
- Disponer de planes de pensiones
Aplazamiento cuotas de seguridad social.
Durante un plazo de seis meses se podrá aplazar tanto la cuota de autónomo como los seguros sociales de los trabajadores.
El plazo para solicitarlo serán los primeros diez días naturales del mes.
Aplazamiento del pago de deudas a la seguridad social
Siempre que no se tenga deuda previa con esta Administración se podrán solicitar aplazamiento de deudas.
Se podrá pedir un aplazamiento de tres meses que tendrá un interés del 0,5 %.
El plazo para solicitar este aplazamiento también será durante los diez primeros días del mes.
Flexibilidad contratos suministros
Los autónomos que quieran podrán solicitar la suspensión o la modificación de sus contratos de suministro mientras dure el estado de alarma.
En el plazo máximo de tres meses posteriores a la finalización del mismo se podrá solicitar la reactivación.
Sin posibilidad que la empresa le pase cargo alguno a modo penalización.
Disponibilidad de planes de pensiones
Durante el plazo de seis meses y acreditando, en caso de trabajadores por cuenta ajena, estar en situación de desempleo.
En caso de trabajadores autónomos ser empresario titular de establecimientos cuya apertura al público se haya visto suspendida.
Estas medidas previstas mantendrán su vigencia hasta un mes después del fin de la declaración del estado de alarma.
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