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Hoy mismo se ha publicado este RDL 14 /2020, que amplía el plazo para la presentación de las declaraciones y autoliquicaciones de este primer trimestre.

Justo el día en que finaliza de forma habitual el plazo para la presentación de domiciliaciones, y por tanto, de solicitud de aplazamientos de pago.

Por lo que desde Asesoría Escudero ya tenemos hecho el trabajo y hemos gestionado la presentación de los impuestos correspondientes, para poder gestionar a tiempo el aplazamiento a quienes lo han solicitado.

Con el fin de cumplir los plazos de nuestros clientes y así evitarles cualquier tipo de sanción, ya que no podemos dejar a la improvisación de último momento algo tan primordial como es la transmisión de impuestos

Porque aun siendo conocedores de que esta medida estaba pendiente de aprobación no podemos arriesgarnos a un incumplimiento normativo que pueda afectar negativamente a nuestros clientes.

Esta es una publicación reducida con este único artículo que os suscrito abajo, donde se indica esta ampliación.

Artículo único. Extensión del plazo para la presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones. 1. En el ámbito de las competencias de la Administración tributaria del Estado, los plazos de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias de aquellos obligados con volumen de operaciones no superior a 600.000 euros en el año 2019 cuyo vencimiento se produzca a partir de la entrada en vigor de este real decretoley y hasta el día 20 de mayo de 2020 se extenderán hasta esta fecha. En este caso, si la forma de pago elegida es la domiciliación, el plazo de presentación de las autoliquidaciones se extenderá hasta el 15 de mayo de 2020.

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